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Saneamiento

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Tribunal de Tierras de Jurisdiccion Original de Azua · Saneamiento · Acoge

Primera instancia23 de abril de 2026Exp. 2025-0043486Ponente: Marta C. Ortiz S.Inmobiliario

Normas que aplica

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: SENTENCIA NÚMERO DECISIÓN: FECHA: 23/4/2026 EXPEDIENTE: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE AZUA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA En la ciudad de Azua de Compostela, República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de abril del año dos mil veintiséis 2026; años Ciento ochenta y tres (183) de la Independencia y Ciento sesenta y tres (163) de la Restauración.

El Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original del Distrito Judicial de Azua, ubicado en la calle Ramón Madora Esq. Hermanas Nanitas, segundo Nivel del Palacio de Justicia, de Azua, de Compostela constituido por la Magistrada Marta Claribel Ortiz Soriano, quien dicta esta sentencia en sus atribuciones de Jueza y en audiencia pública, asistida por la Infrascrita secretaria interina .

Con motivo a la solicitud del proceso de Saneamiento, realizada ante la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Central, por el agrimensor de nacionalidad dominicana, mayor de edad, casado, Codia Núm. 10019, portador de la cédula de identidad y electoral Núm.

domiciliado y residente en la calle Colon Num. 31 del Municipio y Provincia de Azua, quién actúa a requerimiento de la señora, […], de nacionalidad dominicana, mayor de edad, comerciante soltera, titular de la cédula de identidad Num. , domiciliada y .

Sobre la acción que tiene por objeto el inmueble identificado como parcela Num. 1339 del . Num. 8, del Municipio y, Provincia de Azua, resultando la designación catastral posicional Num. 12, Lugar Las Yayitas del Municipio y, Provincia de Azua de Compostela, con una extensión superficial de 175.62 mtrs2.

Respecto a este proceso se celebraron varias audiencias conociéndose la última en fecha cinco (5) del mes de febrero del año dos mil veintiséis (2026) donde la parte reclamante ha concluido como figura en otro apartado.

CRONOLOGÍA DEL PROCESO Que mediante aprobación de fecha dieciséis (16) del mes enero del año dos mil veinticinco 2025, sobre Trabajos de Saneamiento, del inmueble identificado como 1339 del . Num. 8, del Municipio y Provincia de Azua, resultando la designación catastral posicional Num. 12, Lugar Las Yayitas del Municipio y, Provincia de Azua de Compostela, con extensión superficial de 175.62 mtrs2.

Que mediante Auto de fijación de audiencia Núm. 0191/2025 de fecha doce (12) del mes de junio del año dos mil veinticinco 2025, firmado por la juez presidente del tribunal de tierras de Jurisdicción original de Azua, mediante el cual fijó el conocimiento de la audiencia para el día siete (7) del mes de octubre del año dos mil veinticinco (2025) Que este tribunal celebro audiencia en la fecha establecida el día siete (7) del mes de octubre del año dos mil veinticinco (2025) y a la misma comparecieron la señora en calidad de : SENTENCIA NÚMERO DECISIÓN: FECHA: 23/4/2026 EXPEDIENTE: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE AZUA reclamante que luego de escuchar las declaraciones de la misma, el agrimensor , Codia Num. 10019, solicito aplazamiento a los fines de que sean escuchar a los testigos pedimento acogido por el tribunal , fijando el conocimiento de la próxima audiencia para el dia dos (2) del mes de diciembre del año dos mil veinticinco (2025), quedando citadas las partes presentes y representadas.

Que este tribunal celebro audiencia en la fecha establecida el día dos (2) del mes de diciembre del año dos mil veinticinco (2025) y a la misma compareció el agrimensor , Codia Num.

10019, la cual se aplazó a los fines de que estén presentes los testigos en una próxima y que puedan ser escuchados pedimento acogido por el tribunal y fijo el conocimiento de la audiencia para el día cinco (5) del mes de febrero del año dos mil veintiséis (2026) valiendo citación a las partes presentes y representadas.

Que este tribunal celebro audiencia en la fecha establecida el día cinco (5) del mes de febrero del año dos mil veintiséis (2026) y a la misma comparecieron: los señores y Fremio , en calidad de testigos y el agrimensor , Codia Num. 10019, donde según los resultados consignados en el acta de audiencia, quedando el expediente en estado de ser fallado.

PRUEBAS APORTADAS Aviso de mensura publicado en el periódico “nuevo diario”, edición de fecha veintidós (22) del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro 2024.

Solicitud de autorización para realizar los trabajos de mensura para saneamiento de fecha veinticinco (25) días del mes de septiembre del año dos mil veinticuatro (2024), establecido entre señora, […], d al agrimensor 10019, notarizado por el Dr. abogado de los del número para el Municipio de Azua, matriculado en el Colegio de con el núm. 3758.

Declaración de posesión de fecha veinticinco (25) días del mes de septiembre del año dos mil veinticuatro (2024), firmada por la señora .

Contrato de venta de fecha veintiuno (21) días del mes de agosto del año dos mil veinticuatro (2024), suscrito entre la señora en calidad de vendedora y de otra parte señora en calidad de comparadora, notarizado por el Dr. , Abogado para los del Número del Municipio Azuas, matriculada en el colegio dominicano de notarios con el número 5738.

Fotocopia de cedula Num. a nombre de la señora .

Fotocopia de cedula Num. a nombre de la señora .

: SENTENCIA NÚMERO DECISIÓN: FECHA: 23/4/2026 EXPEDIENTE: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE AZUA Oficio de rechazo 241890 de fecha veintinueve (29) del mes de octubre del año dos mil veinticuatro 2024 de registro de título de Registro de Títulos de Azua.

Cinco (5) fotografías del inmueble objeto del proceso de saneamiento.

Letrero del Aviso de que está siendo objeto de un proceso saneamiento para cualquier información o reclamación dirigirse al tribunal de tierras de jurisdicción original o a la dirección regional de mensuras catastrales departamento Central correspondiente, marcado con el exped. num. 04, reclamada por señora .

Notificación de mensura para saneamiento al Tribunal de tierras de jurisdicción Inmobiliaria de Azua, recibida en fecha veintiuno (21) del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro 2024, firmada por el agrimensor 10019.

Notificación de mensura para saneamiento al ayuntamiento municipal de Azua de Compostela, recibida en fecha veintiuno (21) del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro 2024, firmada por el agrimensor 10019.

Acto de notificación de mensura Num.195/2024 de fecha veintiuno (21) del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro 2024, instrumentado por el ministerial , alguacil ordinario del tribunal de tierras de la jurisdicción original del . de Azua.

Notificación de mensura para saneamiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento central, recibida en fecha veintiuno (21) del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro 2024, firmado por el agrimensor 10019.

Carta de conformidad con los trabajos de mensura para saneamiento de fecha seis (6) de diciembre del año dos mil veinticuatro 2024, firmada por la señora .

Autorización para realizar los trabajos de mensura para saneamiento de la Dirección Regional de Mensura Catastrales del Departamento central, de fecha dieciocho (8) del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro 2024.

Fotocopia del Plano general conteniendo la descripción Técnica de Operación de Mensura para Saneamiento del inmueble identificado como Parcela Num. 1339 del DC. Num 8, del Municipio y Provincia de Azua, firmado por el agrimensor , Codia Num. 10019 y el Director Regional del Departamento Central.

: SENTENCIA NÚMERO DECISIÓN: FECHA: 23/4/2026 EXPEDIENTE: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE AZUA Fotocopia del Plano individual conteniendo la descripción Técnica de Operación de Mensura para saneamiento, resultando la Designación Catastral Posicional Num. 12 Lugar Las Yayitas del Municipio y, Provincia de Azua de Compostela, con una extensión superficial de 175.62 mtrs2, firmado por el agrimensor , Codia Num. 10019 y el Director Regional del Departamento Central.

Aprobación emitida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Central, de fecha dieciséis (16) del mes enero del año dos mil veinticinco 2025, relativo a los trabajos de saneamiento, del inmueble identificado como Parcela 1339 del . Num. 8, del Municipio y, Provincia de Azua, resultando la designación catastral posicional Num. 12, Lugar Las Yayitas del Municipio y, Provincia de Azua de Compostela, con una extensión superficial de 175.62 metros cuadrados.

Oficio Núm. 93/2025 de fecha doce (12) del mes de junio del año dos mil veinticinco 2025mediante el cual informa de abogado del estado del departamento central santo domingo la audiencia que está fijada para el día siete (7) del mes de octubre en del año dos mil veinticinco (2025), relativa al proceso de saneamiento para que asista emita su opinión Auto de publicidad Núm. 0084/2025 de fecha doce (12) del mes de junio del año dos mil veinticinco 2025, firmado por la juez del tribunal de tierras de Jurisdicción original de Azua, mediante el cual fijó el conocimiento de la audiencia para el día siete (7) del mes de octubre en del año dos mil veinticinco (2025).

Auto de fijación de audiencia Núm. 0191/2025 de fecha doce (12) del mes de junio del año dos mil veinticinco 2025, firmado por la juez del tribunal de tierras de Jurisdicción original de Azua, mediante el cual fijó el conocimiento de la audiencia para el día siete (7) del mes de octubre del año dos mil veinticinco (2025).

Aviso de la audiencia publicada en el periódico “nuevo diario”, edición de fecha nueve (9) de mes de julio del año dos mil veinticinco 2025.

Lista de Testigos de los señores y para ser escuchados en la audiencia de Saneamiento.

Fotocopia de cedula Num. a nombre del señor .

Fotocopia de cedula Num. a nombre de la señora .

Acto de notificación de audiencia Num. 439/2025 de fecha catorce (14) del mes de julio del año dos mil veinticinco 2025, instrumentado por el ministerial Licdo. Dehinol , Alguacil Ordinario del tribunal de tierras de la jurisdicción de . de Azua, relativo al conocimiento, de la audiencia que esta fijada para el siete (7) del mes de octubre del año dos mil veinticinco (2025).

: SENTENCIA NÚMERO DECISIÓN: FECHA: 23/4/2026 EXPEDIENTE: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE AZUA PRUEBAS TESTIMONIALES.

Audiencia de fecha siete (7) del mes de octubre del año dos mil veinticinco (2025) Compareció la señora de generales anotadas en calidad reclamante, quien declara de la primera designación catastral Num. 12, Lugar Las Yayitas del Municipio y, Provincia de Azua de Compostela, con una extensión superficial de 175.62 Mts2 quien declaro como sigue: que vive en las yayitas calle Colon principal S/N, que le compro a , hace cuatro años que le compro un solar, que tiene una casa en construcción, que esta cercado de postes y alambres, que los colindantes son: al oeste esta la carretera las yayitas, al norte , al sur , al este , no he sido molestada.

Audiencia de fecha cinco (5) del mes de febrero del año dos mil veintiséis (2026 Comparecencia de la señora , dominicano, mayor de edad, soltera, empleada, titular de la cedula de identidad y electoral No. , domiciliada y , en calidad de testiga, quien declara como sigue: Que tiene 66 años de edad, que tiene mas de ocho (8) años conociendo Yaritza, que el terreno está ubicado en las Yayitas, que ella adquirió ese terreno por medio de compra a la señora ; que hace de cinco 5 años, que en terreno existe una mejora en construcción de block, techada de zinc, cercada de alambres y postes, que los colindantes son; al norte: , al sur: , y al este y al oeste, […], calidad de testigo juramentado, como sigue: que tiene 52 años de edad, que la reclamante adquirió ese terreno por medio de compra a la señora , que esta ubicado en la carretera las Yayitas, que tiene una mejora en construcción de block, techada de zinc, que esta cercado de alambres de púas y postes de maderas, que los colindantes son; al norte: , al sur: , y al este y al oeste, de Compostela, con una extensión superficial de 175.62 Mts2 como sigue: Que fuimos contratados por la señora , a los fines de realizar el proceso de saneamiento, dentro del ámbito de la parcela 1339, Del No. 8, del Municipio y Provincia de Azua, que esta ubicado en la carretera las Yayitas; que tiene una extensión superficial de 175.62 mts2, tiene una mejora en construcción de block, techada de zinc, que esta cercado de alambres de púas y postes de madera, que los colindantes son; al norte: , al sur: , y al este y al oeste, : SENTENCIA NÚMERO DECISIÓN: FECHA: 23/4/2026 EXPEDIENTE: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE AZUA calle principal, nadie se opuso a la hora de la mensura, se cumplieron con los requisitos de publicidad, cita a los colindantes, el contrato de mutuo acuerdo fue pago en efectivo.

PONDERACIÓN DEL CASO Considerando: Que del estudio y ponderación del expediente se desprende, que Central tribunal ha sido regularmente apoderado por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central, para conocer del proceso de Saneamiento, relativo al inmueble identificado como parcela Num.1339 del . Num.

8, del Municipio y, Provincia de Azua, resultando la designación catastral posicional Num. 12, Lugar Las Yayitas del Municipio y, Provincia de Azua de Compostela, con una extensión superficial de 175.62 metros cuadrados.

Considerando: Que Central tribunal fue apoderado para conocer del proceso de saneamiento iniciado por la señora , en el inmueble descrito al inicio de esta sentencia, asunto que es de nuestra competencia en virtud de lo dispuesto por los artículos 3, 10, 20 y 23 de la Ley núm. 108-05 de Registro Inmobiliario, y los artículos 52 y siguientes del Reglamento General de los Tribunales de la Jurisdicción Inmobiliaria (Resolución número 787-2022, dictada por la Suprema Corte de Justicia el 27 de octubre del año 2022) Considerando: Que el derecho de propiedad ha sido consagrado imperativamente en el Artículo 51 de la Constitución de la República, que expresa textualmente lo siguiente: “EL DERECHO DE PROPIEDAD. En consecuencia, nadie puede ser privado de ella sino por causa Justificada de utilidad pública o de interés social, previo pago de su justo valor determinado por sentencia del Tribunal competente. En casos de calamidad Pública, la indemnización podrá no ser previa, no podrá imponerse la pena de confiscación general de bienes por razones de orden político”. “LA PROPIEDAD EXCLUSIVA POR EL TIEMPO y en la forma que determine la ley, de los inventos descubrimientos, así como de las producciones científicas artísticas y literarias.” Considerando: Que el SANEAMIENTO tiene por finalidad liberar al terreno de todos los prejuicios que en el puedan existir, permitiendo que la persona pueda sentir la debida garantía y confianza en el certificado de título y así lo ha reconocido nuestro más alto tribunal la Suprema Corte de Justicia en el boletín Judicial Num.6049 páginas 509 y 510, sentencia Num. 51 de fecha 22-04-98, que expresa textualmente lo siguiente: “SANEAMIENTO: Que de conformidad con los principios que norman la ley de registro de tierras y regulan su aplicación, todos los derechos que no hayan sido invocados en el proceso de SANEAMIENTO, quedan aniquilados por la sentencia que le pone término a este, una vez que haya adquirido la autoridad y fuerza de la cosa irrevocablemente Juzgada.” Considerando: Que la ley 108-05 de registro Inmobiliario que establece en el PRINCIPIO II, Especialidad, que : SENTENCIA NÚMERO DECISIÓN: FECHA: 23/4/2026 EXPEDIENTE: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE AZUA consiste en la correcta determinación e individualización de los sujetos, objetos y causas del derecho a registrar, se define el principio de especialidad como aquel principio registral en virtud del cual, el sujeto del derecho, el inmueble objeto de registro y la causa de la adquisición han de quedar perfectamente identificados y clarificados. Principio de legalidad se desprende que todo derecho antes de ser registrado debe ser depurado.

Considerando: Que según el plano general debidamente revisado, sellado y firmado por el Director Regional, con relación a una porción de terreno del inmueble identificado como parcela Num.1339 del . Num. 8, del Municipio y, Provincia de Azua, resultando la designación catastral posicional Num. 12, Lugar Las Yayitas del Municipio y, Provincia de Azua de Compostela, con una extensión superficial de 175.62 metros cuadrados.

Considerando: Que el representante, los testigos y el agrimensor le han manifestado al tribunal que el terreno que compone designación catastral posicional Num. 12, Lugar Las Yayitas del Municipio y, Provincia de Azua de Compostela, con extensión superficial de 175.62 metros cuadrados que lo adquirió por compra a la señora , hace cuatro años que le compro un solar, que tiene una casa en construcción, que esta cercado de postes y alambres, que los colindantes son: al oeste esta la carretera las yayitas, al norte , al sur , al este , no he sido molestada; que contratos los servicio del agrimensor; a los fines de realizar el proceso de saneamiento, dentro del ámbito de la parcela 1339, Del No. 8, del Municipio y Provincia de Azua, que esta ubicado en la carretera las Yayitas; nadie se opuso a la hora de la mensura, que se cumplieron con los requisitos de publicidad, que cito a los colindantes, que hicieron un contrato de mutuo acuerdo fue pago en efectivo.

Considerando: Que fueron cumplidos los requisitos de publicidad estipulados en el Reglamento General de los Tribunales de la Jurisdicción Inmobiliaria, en el sentido de avisar sobre este saneamiento en las instalaciones del Ayuntamiento del municipio de Azua de Compostela, localidad donde se sitúa el inmueble referido, en el ayuntamiento indicado y en Central mismo Tribunal de Jurisdicción Original, según consta el Aviso de mensura catastral a los señores , […], en calidad de colindantes por el agrimensor , Codia 10019, quien hace constar que fijó en los murales de cada lugar el aviso correspondiente. Finalmente, se realizó la publicación en un periódico de circulación nacional, en Central caso “nuevo diario”, edición de fecha veintidós (22) del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro 2024.

Considerando: Que mediante solicitud de autorización dirigida a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Central, suscrita por el agrimensor , Codia 10019, quien actúa a requerimiento de la señora , en calidad de reclamante, se requirió a esa Dirección que autorice al agrimensor , Codia 10019, para realizar los trabajos de mensura para saneamiento del inmueble identificado como parcela Num.1339 del . Num.

8, del Municipio y, Provincia de Azua, resultando la designación catastral posicional Num. 12, Lugar Las Yayitas del Municipio y, Provincia de Azua de Compostela, con una extensión superficial de 175.62 metros cuadrados.

: SENTENCIA NÚMERO DECISIÓN: FECHA: 23/4/2026 EXPEDIENTE: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE AZUA Considerando: Que realizada la operación de mensura para saneamiento, la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Central, mediante el expediente número 04, aprobó técnicamente ese trabajo en fecha dieciséis (16) del mes enero del año dos mil veinticinco 2025, del inmueble, identificado como parcela Num.1339 del . Num. 8, del Municipio y, Provincia de Azua, resultando la designación catastral posicional Num. 12, Lugar Las Yayitas del Municipio y, Provincia de Azua de Compostela, con una extensión superficial de 175.62 metros cuadrados.

Considerando: Que a pesar de haber sido llenado los requisitos necesarios, como son entre otras cosas la publicación del periódico elemento indispensable que fundamenta el sistema TORRENS, para que cualquier interesado pueda hacer oposición, a la audiencia no se presentó nadie a contradecir a la reclamante.

Considerando: Que de la instrucción del proceso hemos comprobando que los colindantes identificado en los planos aprobados por Mensura, fueron debidamente citados para comparecer a la audiencia celebrada de fecha el siete (7) del mes de octubre del año dos mil veinticinco (2025), mediante el acto Num. 439/2025 de fecha catorce (14) del mes de julio del año dos mil veinticinco 2025, instrumentado por el ministerial Licdo. Alguacil Ordinario del tribunal de tierras de la jurisdicción de . de Azua, la cual se aplazo a los fines de que sean escuchados los testigos quedando las partes presentes debidamente citadas; fijando el conocimiento de la próxima audiencia para el día cinco (5) del mes de febrero del año dos mil veinticinco (2025) valiendo citación a las partes presentes y representadas; que este tribunal celebro audiencia en la fecha establecida el día cinco (5) del mes de febrero del año dos mil veintiséis (2026), la cual quedo en estado de fallo, por tanto, al haber sido convocadas todas las partes con interés en el presente proceso, se demuestra que fueron garantizados sus derechos de defensa y se ha cumplido con el debido proceso de ley.

Considerando: Que este Tribunal entiende, que procede acoger, el contrato de mutuo acuerdo de fecha veinticinco (25) días del mes de septiembre del año dos mil veinticuatro (2024), establecido entre señora, […], d al agrimensor 10019, notarizado por el Dr. , abogado de los del número para el Municipio de Azua, matriculado en el Colegio de con el núm. 3758.

Considerando: Que este Tribunal entiende, que procede acoger, el Contrato de venta de fecha veintiuno (21) días del mes de agosto del año dos mil veinticuatro (2024), suscrito entre la señora en calidad de vendedora y de otra parte señora en calidad de comparadora, notarizado por el Dr. , Abogado para los del Número del Municipio Azuas, matriculada en el colegio dominicano de notarios con el número 5738.

Considerando: Que este Tribunal entiende, que procede acoger los trabajos de saneamiento, realizado por el agrimensor , Codia 10019, del inmueble, identificado como parcela Num.1339 del . Num. 8, del Municipio y, Provincia de Azua, resultando la designación catastral posicional Num.

: SENTENCIA NÚMERO DECISIÓN: FECHA: 23/4/2026 EXPEDIENTE: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE AZUA 12, Lugar Las Yayitas del Municipio y, Provincia de Azua de Compostela, con extensión superficial de 175.62 metros cuadrados.

Por tales motivos: El Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de Azua de Compostela, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, y haciendo honor a los Artículos Nos. 51 de constitución de la República y los Nos.3, 20, 21, 22, 23, 24, 25 y 26 de la Ley No.108-05, de Registro Inmobiliario, Arts. 42, 52, 53, 54-Párrafo II, 72, 73, 74, 75, Resolución núm. 787-2022, que establece el Reglamento General de los Tribunales de la Jurisdicción Inmobiliaria y Arts. 140, 142, Resolución núm. 789- 2022 del Reglamento General de Mensuras Catastrales.

F A L L A PARCELA NÚM. 12, LUGAR LAS YAYITASDEL MUNICIPIO Y, PROVINCIA DE AZUA DE COMPOSTELA CON UNA EXTENSION SUPERFICIAL DE 175.62 MTS2.

Primero; Aprueba, los trabajos de Saneamiento realizados por el Agrimensor , Codia 10019, del inmueble, identificado como parcela Num.1339 del . Num. 8, del Municipio y, Provincia de Azua, resultando la designación catastral posicional Num. 12, Lugar Las Yayitas del Municipio y, Provincia de Azua de Compostela, con extensión superficial de 175.62 metros cuadrados Segundo: Acoge el contrato de mutuo de acuerdo de fecha veinticinco (25) días del mes de septiembre del año dos mil veinticuatro (2024), establecido entre señora, […], d al agrimensor 10019, notarizado por el Dr. , abogado de los del número para el Municipio de Azua, matriculado en el Colegio de con el núm. 3758.

Tercero: Acoge el Contrato de venta de fecha veintiuno (21) días del mes de agosto del año dos mil veinticuatro (2024), suscrito entre la señora en calidad de vendedora y de otra parte señora en calidad de comparadora, notarizado por el Dr. Dr. , Abogado para los del Número del Municipio Azuas, matriculada en el colegio dominicano de notarios con el número 5738.

Cuarto: Ordena el Registro del derecho de propiedad de la Designación Catastral Posicional Núm.

12, Lugar Las Yayitas del Municipio y, Provincia de Azua de Compostela con una extensión superficial de 175.62 metros cuadrados, consistente en una porción de terreno debidamente cercada de alambrada y linderos con una mejora de block en construcción, libre de gravamen a favor de la señora , de nacionalidad dominicana, mayor de edad, comerciante, soltera, titular de la cédula de identidad Num. , domiciliada y residente en la Calle Principal, casa 30, sector las Yayitas, : SENTENCIA NÚMERO DECISIÓN: FECHA: 23/4/2026 EXPEDIENTE: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE AZUA de este Municipio y Provincia de Azua.; una vez que se cumpla el plazo de treinta (30) días para la apelación y que la sentencia vaya acompañada de la certificación de No apelación; Quinto: Ordena que la presente sentencia le sea Notificada a cada uno de los colindantes de la referida Parcela.

Sexto: Ordena a la secretaría publicar la presente sentencia en la forma que prevé la ley y sus reglamentos Y por ésta nuestra Sentencia así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma a cargo de apelación.

El presente dispositivo fue firmado digitalmente a los veintitrés (23) días del mes de abril del año dos mil veintiséis (2026) por la Mag. Marta Claribel Ortiz Soriano, Jueza del tribunal de tierras de jurisdicción original de Azua, y , secretaria interina del indicado tribunal.