Fallo
ÚNICO: DECLARA INADMISIBLE la demanda en suspensión de ejecución de la sentencia civil núm. 2023-00326, dictada por la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de la Vega el 4 de diciembre de 2023, incoada por Edenorte Dominicana, S. A.
Normas que aplica
- Ley 2-23 sobre Recurso de Casación
Precedentes que cita
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Poder Judicial REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Resolución núm. 0273/2026 Exp. Núm. 208-2020-ECIV-00475 (2024-R0158181) Demandante: Edenorte Dominicana, S. A. Demandada: Materia: Reparación de daños y perjuicios (eléctrico) Asunto: Demanda en suspensión Decisión: Inadmisible EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA En Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de abril del año dos mil veintiséis (2026), año 183 de la Independencia y año 163 de la Restauración, el magistrado Justiniano Montero Montero, presidente de la PRIMERA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, asistido del infrascrito secretario, en Cámara de Consejo, dicta la siguiente resolución: Sobre la demanda en suspensión de ejecución de la sentencia civil núm. 2023-00326, dictada por la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de la Vega el 4 de diciembre de 2023, incoada por Edenorte Dominicana, S. A., representada por el presidente del Consejo Unificado de las Empresas Distribuidoras de Electricidad y su gerente general , mediante instancia depositada en fecha 9 de abril de 2024, suscrita por los Lcdos. y , cuyas generales constan en el expediente; contra , quien no se encuentra representada ante esta jurisdicción.
VISTOS TODOS LOS DOCUMENTOS QUE FIGURAN EN EL EXPEDIENTE Entre los que constan: a) el recurso de casación interpuesto por Edenorte Dominicana, S. A., contra la sentencia impugnada objeto de la casación; b) la demanda en Av. , Esq. Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http://www.poderjudicial.gob.do LMNM/Pág. 1 Poder Judicial REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Resolución núm. 0273/2026 Exp. Núm. 208-2020-ECIV-00475 (2024-R0158181) Demandante: Edenorte Dominicana, S. A. Demandada: Materia: Reparación de daños y perjuicios (eléctrico) Asunto: Demanda en suspensión Decisión: Inadmisible suspensión depositada en fecha 4 de abril de 2024; c) el acto núm. 416/2024 de fecha 10 de abril de 2024, instrumentado por el ministerial , de estrado de la Unidad de Citación de la Jurisdicción Penal de la Vega, contentivo de notificación de memorial de casación y demanda en suspensión a la parte demandada, depositado el 11 de abril de 2024; d) la sentencia civil núm. 2023-00326, dictada por la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de la Vega el 4 de diciembre de 2023.
EN CONSIDERACIÓN A QUE: 1) La parte demandante, Edenorte Dominicana, S. A., pretende que se ordene la suspensión provisional de la ejecución de la sentencia dictada por la corte, hasta tanto se decida el recurso de casación interpuesto contra la referida decisión.
2) La sentencia que se pretende suspender rechazó el recurso de apelación incidental interpuesto por Edenorte Dominicana, S. A., por consiguiente, acogió el recurso de apelación principal interpuesto por , en consecuencia, condenó a Edenorte Dominicana, S. A., a pagar un interés del 1.5% mensual por la suma adeudada, a partir de la fecha de la demanda y hasta la total ejecución de la sentencia y confirmó los ordinales primero, segundo y tercero de la decisión de primer grado.
3) En respaldo de sus pretensiones, la parte demandante argumenta que la ejecución inmediata de la sentencia impugnada entrañaría daños irreversibles, definitivos e invariables, pues, si se efectúa el pago ordenado a favor del hoy demandado y la Av. , Esq. Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http://www.poderjudicial.gob.do LMNM/Pág. 2 Poder Judicial REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Resolución núm. 0273/2026 Exp. Núm. 208-2020-ECIV-00475 (2024-R0158181) Demandante: Edenorte Dominicana, S. A. Demandada: Materia: Reparación de daños y perjuicios (eléctrico) Asunto: Demanda en suspensión Decisión: Inadmisible sentencia es revocada en corte de casación, el hoy demandante no podría ser reintegrado los valores al que fue condenado, además, sustraería el objeto y eficacia del recurso de casación interpuesto, vulnerando los principios de razonabilidad y proporcionalidad; razones por las cuales solicita que sea acogida la demanda en suspensión interpuesta.
4) La parte demandada no depositó escrito de contestación, no obstante haber sido notificada mediante acto núm. 416/2024 de fecha 10 de abril de 2024, antes descrito.
5) El artículo 27 de la Ley núm. 2-23 del 17 de enero de 2023, sobre Recurso de Casación dispone que el recurso de casación no suspende la ejecución de la sentencia recurrida salvo las materias que expresamente señala el mismo artículo en su parte capital1.
6) En el contexto de la Resolución núm. 62-2023, de fecha 7 de febrero de 2023, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia estableció el procedimiento a seguir para la interposición y juzgamiento de las demandas en suspensión de la ejecución de las sentencias recurridas en casación. De conformidad con la indicada resolución, así como con el párrafo del artículo 27 de la Ley 2-23, el juez presidente de la sala competente para conocer del recurso de casación, podrá ordenar la suspensión de la 1 Art. 27 El recurso de casación no suspende la ejecución de la sentencia impugnada. Sin embargo, el plazo y la interposición misma del recurso mientras dure su solución, tendrá efecto suspensivo de pleno derecho en las siguientes materias: estado y capacidad de las personas, divorcio, separación de bienes, nulidad de matrimonio, cancelación de hipoteca, declaración de ausencia, inscripción en falsedad o en cualesquiera otros casos previstos en leyes especiales.
Av. , Esq. Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http://www.poderjudicial.gob.do LMNM/Pág. 3 Poder Judicial REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Resolución núm. 0273/2026 Exp. Núm. 208-2020-ECIV-00475 (2024-R0158181) Demandante: Edenorte Dominicana, S. A. Demandada: Materia: Reparación de daños y perjuicios (eléctrico) Asunto: Demanda en suspensión Decisión: Inadmisible ejecución de la sentencia impugnada, siempre que se justifique que de la ejecución de dicha sentencia pueden resultar perjuicios irreparables a la parte recurrente que hagan perder el objeto del propio recurso de casación que se haya interpuesto.
7) El recurso de casación tiene por finalidad garantizar que la Suprema Corte de Justicia pueda siempre examinar la correcta aplicación e interpretación de la ley, mientras que, la demanda en suspensión tiene por objeto el cese de la ejecución de la sentencia impugnada en casación para evitar graves perjuicios al recurrente, en la eventualidad de que la sentencia resultare definitivamente anulada.
8) En cuanto a la naturaleza y dimensión procesal de la demanda en suspensión ha sido juzgado por el Tribunal Constitucional que este instituto fue concebido para permitir a los tribunales otorgar protección provisional al derecho o interés de una persona, de forma que dicho derecho o interés no sufra un perjuicio que posteriormente resulte de difícil o imposible reparación en caso de que la sentencia de fondo lo reconozca2. En el mismo ámbito de su sentido jurisprudencial asume la postura de que la demanda en procura de la suspensión de ejecutoriedad de sentencia exige, además, que se pruebe que en la eventualidad de que la misma sea ejecutada, pueda entrañar la producción de daños insubsanables o difíciles de resarcir3.
2 TC/0007/15 3 TC/0018/15 Av. , Esq. Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http://www.poderjudicial.gob.do LMNM/Pág. 4 Poder Judicial REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Resolución núm. 0273/2026 Exp. Núm. 208-2020-ECIV-00475 (2024-R0158181) Demandante: Edenorte Dominicana, S. A. Demandada: Materia: Reparación de daños y perjuicios (eléctrico) Asunto: Demanda en suspensión Decisión: Inadmisible 9) La facultad concedida esta jurisdicción de suspender provisionalmente las sentencias impugnadas en casación, cuando corresponda, el ejercicio de tal potestad está fundamentado y limitado por la existencia el recurso de casación interpuesto contra la decisión objeto de la demanda en suspensión, de suerte que, la eficacia del fallo emitido a tal efecto está circunscrito por los linderos de la instancia abierta con motivo de la casación, a saber, aquella que se origina con el depósito del memorial de casación y culmina con la decisión definitiva del recurso.
10) Cabe destacar que el recurso de casación que da sostén y habilitación procesal a la demanda en suspensión que nos ocupa fue decidido mediante sentencia núm. SCJ-PS- 24-2460, de fecha 20 de noviembre de 2024, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia. En esas atenciones procede declarar la inadmisibilidad de la presente demanda por carecer de objeto.
11) Se compensa las costas, valiendo decisión esta consideración, sin necesidad de hacerlo en el dispositivo de la presente resolución.
Por tales motivos, la Presidencia de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia, por autoridad y mandato de la ley, en aplicación de las disposiciones establecidas en la resolución núm. 62-2023, de fecha 7 de febrero de 2023, dictada por el Pleno de esta Alta Corte; y el artículo 27 de la Ley núm. 2-23, sobre Recurso de Casación, Av. , Esq. Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http://www.poderjudicial.gob.do LMNM/Pág. 5 Poder Judicial REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Resolución núm. 0273/2026 Exp. Núm. 208-2020-ECIV-00475 (2024-R0158181) Demandante: Edenorte Dominicana, S. A. Demandada: Materia: Reparación de daños y perjuicios (eléctrico) Asunto: Demanda en suspensión Decisión: Inadmisible RESUELVE: ÚNICO: DECLARA INADMISIBLE la demanda en suspensión de ejecución de la sentencia civil núm. 2023-00326, dictada por la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de la Vega el 4 de diciembre de 2023, incoada por Edenorte Dominicana, S. A. Firmado: Justiniano Montero Montero.
César , secretario general de la Suprema Corte de Justicia, certifico y doy fe que la presente resolución ha sido firmada digitalmente por el juez y secretario que figuran en la estampa.