Fallo
ÚNICO: Declarar inadmisible la solicitud de corrección de la resolución núm. 033- 2025-SRES-00905 de fecha 7 de noviembre de 2025 dictada por la Presidencia de la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia, interpuesta por el señor , por los motivos antes expuestos.
Normas que aplica
- Ley 2-23 sobre Recurso de Casación
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REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. núm.: 0054-2024-ELAB-00276 Solicitud núm.: 2026-R0142403 Demandante: Demandado: Sigma Petroleum Corp., SAS Materia: Laboral Instancia: Solicitud de corrección Decisión: Inadmisible Resolución núm. 033-2026-SRES-00354 En Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, el magistrado cia juez que preside la Tercera Sala de laboral, tierras, contencioso administrativo y contencioso tributario, en fecha 13 de marzo de 2026, en Cámara de Consejo, dicta la siguiente resolución: Apoderada de la instancia de corrección de la resolución núm. 033-2025-SRES- 00905 de fecha 7 de noviembre de 2025 dictada por la Presidencia de la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia en ocasión de la demanda en suspensión interpuesta por Sigma Petroleum Corp., SAS, contra la sentencia núm. 028-2025-SSEN-00327 dictada por la Primera Sala de la Corte de Trabajo del Distrito Nacional en fecha 18 de septiembre de 2025.
I. Fundamentos para decidir: Actuaciones valoradas: 1. El recurso de casación interpuesto mediante memorial depositado en fecha 1° de octubre de 2025, en el centro de servicio presencial de la Suprema Corte de Justicia y del Consejo del Poder Judicial, suscrito por los Lcdos. y Mónico A. Sosa Ureña, quienes actúan como abogados constituidos de la parte recurrente Sigma Petroleum Corp., SAS.
2. La resolución núm. 033-2025-SRES-00905 de fecha 7 de noviembre de 2025 dictada Av. esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, R. D. • Tel.: • www.poderjudicial.gob.do • E-mail: 1 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. núm.: 0054-2024-ELAB-00276 Solicitud núm.: 2026-R0142403 Demandante: Demandado: Sigma Petroleum Corp., SAS Materia: Laboral Instancia: Solicitud de corrección Decisión: Inadmisible por la Presidencia de la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia.
3. Mediante instancia depositada en el centro de servicios secretariales de la Suprema Corte de Justicia y del Consejo del Poder Judicial, suscrita por el Lcdo. quien actúa como abogado constituido de la parte demandante , concluye solicitando: “Único: Que nos sea corregida la Resolución marcada con el número 033-2025-SRES- 00905 de fecha siete (07) del mes de noviembre del año dos mil veinticinco (2025) emitida por la Suprema Corte de Justicia, en lo relativo al monto de la garantía fijada, a los fines de que la misma sea ajustada al monto mínimo de la condenación contenida en la sentencia núm. 028-2025-SSEN-00327, es decir, la suma de SIETE MILLONES CIENTO DIECISÉIS MIL CIENTO SESENTA Y TRES PESOS DOMINICANOS (RD$7,116,163.02).” (sic) 4. La posibilidad de que esta Presidencia pueda revisar o corregir sus propias decisiones está condicionada a lo que constituya el objeto de la corrección; esto así por analogía con lo dispuesto en la jurisprudencia respecto de la revisión del recurso de casación al consagrar que la corrección solo puede recaer sobre errores involuntarios que no implican modificación de ningún aspecto jurídico definitivamente resuelto con motivo de un recurso de casación, so pena de atentar contra el principio de la autoridad de la cosa definitivamente juzgada1, este criterio fue refrendado por el Tribunal Constitucional al establecer …que los errores materiales tienen carácter involuntario y carecen absolutamente de efecto o incidencia sobre la apreciación de los hechos y la interpretación del derecho efectuadas por los jueces en sus sentencias, tales como las faltas en los nombres y apellidos de las partes, los 1 SCJ, sent. 2 de septiembre 1998, BJ. 1054, pág. 6 Av. esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, R. D. • Tel.: • www.poderjudicial.gob.do • E-mail: 2 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. núm.: 0054-2024-ELAB-00276 Solicitud núm.: 2026-R0142403 Demandante: Demandado: Sigma Petroleum Corp., SAS Materia: Laboral Instancia: Solicitud de corrección Decisión: Inadmisible números de cédulas de identidad y electoral, las fechas de los actos, los números de leyes o artículos aplicables, así como otras equivocaciones análoga…2 5. De ahí que el elemento esencial a considerar para subsanar un error es que se trate de una equivocación involuntaria de naturaleza puramente material, cuya corrección deba ser fácilmente constatada con toda certeza del propio texto de la sentencia o de la resolución, de manera que no ejerza incidencia sobre la apreciación de los hechos y el derecho ya aplicados; por tanto, como argumento en contrario, no procederá la corrección cuando, para estimar su procedencia, se deban realizar deducciones, interpretaciones o estimaciones jurídicas nuevas que alteren su contenido jurídico o la sustancia de los derechos ya adquiridos.
6. Previo al análisis de la solicitud de corrección, esta presidencia advierte y entiende que es preciso examinar otro presupuesto de admisibilidad, por constituir una cuestión prioritaria.
7. Del estudio del expediente formado con motivo del recurso de casación interpuesto por Sigma Petroleum Corp., SAS, contra la sentencia núm. 028-2025-SSEN-00327 dictada por la Primera Sala de la Corte de Trabajo del Distrito Nacional en fecha 18 de septiembre de 2025 y de la consiguiente solicitud de corrección que es objeto de esta resolución, se advierte que la intención del demandante es que se modifique un aspecto jurídico de la decisión al solicitar que se corrija la resolución que ordenó la demanda en suspensión interpuesta por Sigma Petroleum Corp., SAS y que se proceda a ajustar 2 TC 121/13 de fecha 4 de junio 2013 Av. esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, R. D. • Tel.: • www.poderjudicial.gob.do • E-mail: 3 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. núm.: 0054-2024-ELAB-00276 Solicitud núm.: 2026-R0142403 Demandante: Demandado: Sigma Petroleum Corp., SAS Materia: Laboral Instancia: Solicitud de corrección Decisión: Inadmisible la garantía fijada al monto mínimo de la condenación contenida en la sentencia núm. 028-2025-SSEN-00037 (antes descrita), a saber, RD$7,116,163.02, fundamentado en que, “la fijación de una garantía inferior al monto total de la condena, sin observar el principio del duplo consagrado en el artículo 557 del Código de Procedimiento Civil, genera un riesgo procesal indebido para el trabajador al no garantizar de forma adecuada el cumplimiento del fallo ni la protección efectiva de los derechos reconocidos en la sentencia impugnada en suspensión.” 8. En virtud de lo precedentemente expuesto, es preciso indicar que el recurso de casación que motivó la demanda en suspensión que fue decidida mediante la resolución hoy impugnada, fue decidido por esta Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia, mediante sentencia núm. SCJ-TS-26-0401 de fecha 26 de febrero de 2026, decisión por efecto de la cual, se rechazó el recurso de casación contra la sentencia núm. 028-2025-SSEN-00327, anteriormente descrita.
9. De lo anterior se desprende, que el recurso de casación, relativo al fondo de la litis que involucra a las partes en el proceso de que se trata, fue decidido por esta Tercera Sala, quedado ésta desapoderada de la litis en cuestión; que siendo la demanda en suspension una demanda accesoria a lo principal, cuyo objeto es garantizar al recurrente hasta que sea decidido el recurso, la decisión ya dictada sobre este, pone de manifiesto que la presente solicitud carece de objeto y por vía de consecuencia procede declarar su inadmisibilidad.
II. Decisión La Presidencia de la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia por autoridad y Av. esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, R. D. • Tel.: • www.poderjudicial.gob.do • E-mail: 4 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. núm.: 0054-2024-ELAB-00276 Solicitud núm.: 2026-R0142403 Demandante: Demandado: Sigma Petroleum Corp., SAS Materia: Laboral Instancia: Solicitud de corrección Decisión: Inadmisible mandato de la Ley, en aplicación de las disposiciones establecidas en la resolución núm. 62-2023 de fecha 7 de febrero de 2023 dictada por el Pleno de esta alta corte; y el artículo 27 de la Ley núm. 2-23 sobre Recurso de Casación: RESUELVE: ÚNICO: Declarar inadmisible la solicitud de corrección de la resolución núm. 033- 2025-SRES-00905 de fecha 7 de noviembre de 2025 dictada por la Presidencia de la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia, interpuesta por el señor , por los motivos antes expuestos.
Firmado: cia.
secretario general de la Suprema Corte de Justicia, CERTIFICO, que la resolución que antecede fue dada y firmada por el juez que figura en la estampa de firma electrónica, en la fecha arriba indicada.